Requisitos técnicos y administrativos para conectarse a LADX, normas de la LAN de peering, políticas de route server y RPKI, comunidades BGP, peering bilateral, DNS público con DNSSEC e indicadores de calidad.
Para integrarse a la plataforma de intercambio de tráfico de LADX, los operadores, proveedores de contenido y redes corporativas deben cumplir obligatoriamente con el conjunto de requerimientos técnicos, de arquitectura de enrutamiento y legales descritos a continuación.
Contar con al menos un Número de Sistema Autónomo (ASN) público y válido emitido por LACNIC u otro RIR reconocido, junto con al menos un bloque asignado de direcciones IPv4 o IPv6 públicas registradas.
Utilizar BGP4 (RFC 4271) como protocolo de enrutamiento externo. LADX aplica filtros automáticos estrictos: los prefijos más específicos que /24 en IPv4 y más específicos que /48 en IPv6 son sistemáticamente descartados.
Conexión física directa a nivel L2 en el switch de interconexión. No se aceptan sesiones BGP multihop en la LAN de peering pública. El enlace local (cross-connect / local loop) puede ser provisto por cualquier operador de transporte autorizado dentro del data center.
Cada participante debe mantener una tasa de ocupación promedio menor al 80% del puerto contratado en horas de mayor demanda. Se permite la agregación LACP (ejemplo: 2×10 Gbps para 20 Gbps) para resiliencia y expansión fluida.
LADX opera exclusivamente con la jerarquía estandarizada internacional para carriers e IXPs. (Nota técnica: Las interfaces 25G no forman parte del equipamiento troncal LADX):
1000BASE-LX / ZX
Acceso ISP Local
10GBASE-LR / ER
Estandar Regional
40GBASE-LR4
CDNs & Tránsitos
100GBASE-LR4 / CWDM4
Hiperescala & Core
400G-FR4 / LR4
Nodos Seleccionados
LADX opera bajo estricto cumplimiento de los requerimientos técnicos y administrativos para Puntos de Intercambio de Tráfico (PIT) de la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) de Chile.
La estabilidad y neutralidad de la LAN de peering dependen del cumplimiento riguroso de estas normas por parte de todas las organizaciones participantes. LADX aplica monitoreo automatizado continuo sobre las interfaces de conmutación.
Las IPs IPv4 e IPv6 entregadas son de uso exclusivo del participante asignado. Queda terminantemente prohibido cederlas, subarrendarlas o venderlas.
Los prefijos correspondientes a la LAN de peering de LADX no deben anunciarse bajo ninguna circunstancia por BGP hacia Internet ni hacia tránsitos.
En la VLAN pública solo pueden utilizarse las IPs configuradas por LADX. Las VLANs bilaterales dedicadas requieren solicitud formal al NOC y están sujetas a tarificación.
Solo se acepta tráfico Ethernet unicast. Excepciones autorizadas: tramas ARP para resolución IPv4 y paquetes Neighbor Solicitation / Advertisement (NS/NA) para IPv6.
El puerto de acceso está configurado con seguridad de puerto (port-security). Solo se permite una MAC fija. Cualquier cambio de router requiere coordinación previa con el NOC.
Debe deshabilitarse obligatoriamente Proxy ARP en el equipo frontera. Asimismo, deben desactivarse protocolos como CDP, MNDP, LLDP, IRDP o STP hacia la LAN compartida.
Debe deshabilitarse obligatoriamente Proxy ARP en el equipo frontera. Asimismo, deben desactivarse protocolos como CDP, MNDP, LLDP, IRDP o STP hacia la LAN compartida.
Se recomienda implementar en los routers frontera listas de prefijos que descarten los bloques de la VLAN de peering de LADX:
ip prefix-list PEERING-BLOCK deny 170.247.94.0/24 ipv6 prefix-list PEERING-BLOCK-V6 deny 2803:3440:90
En caso de detección de tormentas broadcast, MAC no autorizada o tráfico no autorizado, el puerto se suspende preventivamente. La reposición se efectúa en días y horas hábiles en un lapso máximo de 24 horas hábiles tras la regularización técnica y visado del NOC.
